El Poder Judicial ha condenado a Jordano L. a 18 años y cinco meses de prisión efectiva por los delitos de homicidio calificado y tenencia ilegal de arma de fuego. Esta sentencia, emitida en primera instancia, responde al asesinato de un adolescente ocurrido en septiembre de 2024 durante un enfrentamiento entre presuntos barristas en el distrito limeño de San Martín de Porres (SMP). La resolución judicial confirma la culpabilidad del imputado tras una investigación detallada por parte del Ministerio Público.
Detalles del crimen y la intervención policial
Según lo informado por el fiscal adjunto provincial, Sergio Arturo Arroyo Loayza, el hecho violento se produjo en las inmediaciones del jirón Ricardo Palma y la avenida José Granda. En ese momento, Jordano L., quien tenía 18 años de edad al cometer el delito, disparó contra su víctima durante una pelea que involucraba a grupos de barristas. El ataque armado resultó fatal para el menor, provocando su fallecimiento inmediato y llevando al agresivo a fugarse del lugar.
La captura del procesado se logró gracias a las acciones propias de la función policial. Tras identificarlo, los agentes se desplazaron hasta la vivienda donde residía Jordano L., interviniéndolo en posesión de dos casquillos percutidos. Posteriormente, al registrar su habitación y encontrar un revólver abastecido dentro del ropero, fue conducido a una dependencia policial para el esclarecimiento de los hechos.
Evidencias probatorias que sustentan la condena
El Ministerio Público detalló en sus comunicaciones las pruebas contundentes presentadas durante el juicio oral. Entre los medios probatorios figuran las actas de intervención y registro, tanto personal como domiciliario; el protocolo de necropsia del cadáver; y las declaraciones de testigos y efectivos intervinientes. Asimismo, se consideraron la visualización de cámaras de seguridad y pericias balísticas forenses que vincularon directamente el proyectil extraído del cuerpo del adolescente con el arma incautada, tema que ya cubrimos en Condenan a 18 años y cinco meses por homicidio calificado en SMP.
La consulta en Sucamec también fue parte fundamental para verificar la legalidad de la tenencia del arma. A pesar de la firmeza de esta sentencia, cabe destacar que se trata de una resolución en primera instancia; por lo tanto, la defensa legal del procesado conserva el derecho a presentar un recurso de apelación contra la decisión judicial.